jueves, 18 de febrero de 2010

NORMATIVIDAD DEL PAISAJE

NORMATIVIDAD DEL PAISAJA

Decreto Ley 2811 de 1974


Respecto a los recursos del paisaje y su protección .

Decreto 1715 de 1978



Reglamenta la protección del paisaje en carreteras. Prohibe la alteración de elementos del paisaje.

Artículo 2: Con el fin de garantizar a los usuarios de carreteras nacionales el disfrute del paisaje, se considera necesario proteger una zona a lado y lado de las mismas, cuya anchura será determinada por el Ministerio de Obras Públicas y transporte.


Artículo 4: Se prohibe deformar o alterar elementos naturales como piedras, rocas, peñascos, praderas, árboles, con pintura o cualquier otro medio para fines publicitarios o de propaganda en general. Tampoco se podrán aducir fines artísticos para producir tales efectos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario